Entrevista a Stephanie Ortoleva sobre discriminación laboral en contra de personas con discapacidad
by María Verónica Reina, Arlington, VA
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“Conocer nuestros derechos es nuestra mejor arma”
Stephanie Ortoleva es la Coordinadora de Discapacidad del Departamento de Estado y Directora Ejecutiva del Comité Asesor sobre las Personas con Discapacidad de la Agencia de Ayuda Internacional de los Estados Unidos de América (USAID por sus siglas en inglés). Ha trabajado en agencias de gobierno en distintos puestos relativos los derechos de las personas con discapacidad y también se ha desempeñado como fiscal de la Justicia en casos laborales, relativos al transporte, a la educación, etc. En esta ocasión, sin embargo, no acudimos a ella como representante gubernamental sino por su experticia como abogada. Ortoleva es una profesional con vasta experiencia en litigios por discriminación y política en derechos civiles.
“Encontrar un trabajo no es el único desafío laboral que pueden enfrentar las personas con discapacidad”, dice la Sra. Ortoleva, “a veces, el trabajo puede ser un tan difícil como el desempleo. Pero no debemos desanimarnos o pensar que entonces es mejor no intentar trabajar”, subraya. “Por el contrario, lo mejor es informarse y entender que existen sólidas leyes e instituciones en nuestra nación para protegernos; el asunto es conocerlas y usarlas cuando es necesario.”
Ortoleva señala que la discriminación puede darse mucho antes de conseguir empleo, en los procesos de selección de personal y contratación. “Si un empleador te interroga acerca de tu discapacidad, o te obliga a hacerte un examen médico solamente a ti, mientras que no le pide el mismo examen al resto de los solicitantes, tenemos un indicador de discriminación. La Ley de Americanos con Discapacidad (ADA por sus siglas en inglés) es muy clara al respecto.1 La ADA prohíbe toda discriminación en base a la discapacidad. Manda adaptaciones razonables en el trabajo, por ejemplo, modificar las instalaciones (poner una rampa, adaptar un baño), modificar los planes de trabajo, o ser flexibles en los horarios, de manera que el empleado con discapacidad pueda desempeñar sus funciones. Si el empleador se niega a realizar adaptaciones que son razonables (es decir que no le impongan una dificultad excesiva al empleador) entonces estamos ante un caso de discriminación laboral. La ADA, al igual que el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, se aplica a los patrones particulares, a los gobiernos estatales y locales, y a las instituciones educativas que tengan 15 empleados o más.”2
Ortoleva también dice que el hostigamiento en el lugar de trabajo, incluyendo el hostigamiento sexual, puede afectar a las personas con discapacidad. “Una persona puede ser acosada por causa de su edad, su religión, su raza, su color, su origen nacional, su sexo y su condición de discapacidad,” dice. “Lo importante es entender que las personas con discapacidad pueden ser víctimas de acoso por otros factores diferentes a su discapacidad, por ejemplo, por temas de nacionalidad, o de una manera multifactorial, en el caso de discriminación múltiple, es decir cuando te discriminan por tu doble condición de mujer y de persona con discapacidad, de latino y de persona mayor, etc. En el Sitio del Departamento de Justicia puedes encontrar varios ejemplos.”3
La Sra. Ortoleva nos da algunos conceptos claves: “El hostigamiento es una forma de discriminación. Normalmente pensamos en el hostigador (o acosador) como en un supervisor, pero éste puede ser otro compañero o incluso, alguien de afuera de la empresa relacionado a tu trabajo. Lo más importante para definir si una situación laboral es de acoso es determinar si la misma crea un ambiente hostil para ti y si interfiere, directa o indirectamente, con tu desempeño laboral. Conductas de hostigamiento pueden ser burlas referidas a tu origen, discapacidad, color, etc., conversaciones de sexo explícito, abuso verbal o físico, etc. Por supuesto, incluye todo avance sexual no deseado o pedido de favores sexuales.”
Además, Ortoleva dice que la discriminación en el trabajo por raza, país de orígen, edad, o cualquier de los factores antes mencionados puede resultar en que un empleado sea pagado menos que otro empleado con las mismas habilidades laborales, o que sea negado un ascenso en el trabajo. Puede que ciertas personas reciban las mejores oportunidades de promoción y prestigio injustamente, lo cual es favoritismo. “A los lectores de Proyecto Visión quizás les pueda interesar que una de las causales de discriminación puede estar relacionada con acento extranjero y/o falta de fluidez en el inglés,” dice Ortoleva. “Un empleador no puede tomar una decisión que afecte negativamente al empleado en base a esos criterios, a no ser que los mismos interfieran en el desempeño laboral del trabajador. Lo mismo sucede con las a veces controversiales reglas de ‘aquí sólo se habla inglés’. Según la ley, estas reglas se pueden usar únicamente para promover un ambiente seguro o eficiente en el trabajo.”
Pero ante esta complejidad de normas… ¿qué se puede hacer en una situación concreta de acoso o discriminación? Ortoleva aconseja que, “La víctima de discriminación laboral no debe agitarse para tratar de clasificar por sí misma estas situaciones. En ciertos casos y según ‘avance’ el problema, se debe buscar ayuda profesional para ir adelante con una demanda.”4
Cuando crees que eres víctima de discriminación, Ortoleva dice que debes escribir un registro de todo lo que te pasa, indicando lugares, horarios, lo sucedido, y las personas presentes, incluyendo a los testigos. “Eso puede ayudarte mucho a la hora de presentar formalmente tu caso, si debieras hacerlo. Guarda en un lugar seguro en tu casa una copia de toda la evidencia escrita, como por ejemplo correos electrónicos con contenidos ofensivos. Si estás ante un caso de acoso y éste consiste en ‘dejarte cosas’ arriba de tu escritorio, toma una foto,” dice. Debes anotar las veces que has comentado a personas acerca de estos hechos o tus sentimientos referidos con la situación de discriminación y escribe cómo esto te está afectando física y mentalmente. Además dice, “Debes comunicar lo que pasa a los mandos superiores de tu trabajo o a la persona que responde a estos casos.”
Ortoleva reconoce que es difícil luchar contra la discriminación y el hostigamiento, pero dice, “Existen numerosas ayudas. La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Trabajo (EEOC) y las Comisiones de Derechos Humanos estatales toman denuncias de manera gratuita.5 Las ONG que tienen ayuda legal generalmente no llevan este tipo de casos, pero pueden servir como una buena orientación para comenzar a buscar ayuda externa. Lo importante es conocer nuestros derechos: estar conciente de ellos es nuestra mejor arma.”
Notas:
1. La página del Departamento de Justicia acerca de los derechos laborales de las personas con discapacidad se encuentra en http://www.usdoj.gov/crt/emp/index_spanish.htm
2. El marco legal de las protecciones laborales de los Estados Unidos pueden encontrarse en lenguaje sencillo en la página web de la EEOC, http://www.eeoc.gov/es/abouteeo/overview_laws.html
3. Se puede leer sobre casos de discriminación en el trabajo en la página web del Departamento de Justicia (inglés) en http://www.usdoj.gov/crt/emp/papers.html
4. Hay información sobre cómo encontrar un buen abogado para casos de discriminación laboral en http://www.nela.org/NELA/index.cfm?event=showPage&pg=findalawyer
5. Las Comisiones de Derechos Humanos estatales no tienen un sitio que las unifique pero existen en casi todos los estados de la Unión. Hay una lista de oficinas de la EEOC en http://www.eeoc.gov/es/offices.html
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