Con
discapacidades, latina y maltratada
Parte 3: violencia doméstica e inmigración
Por
Nila Salgado, Coordinadora de Project, Proyecto Visión @ Centro
de Vida Independiente de Harlem (HILC)
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"María" es una sudamericana con
retrasos de desarrollo que llegó a los Estados Unidos como
indocumentada y acompañada por sus dos primos. Conoció
a "José", un ciudadano estadounidense en una
fiesta y se casó con él al año siguiente. Tienen
dos niños, de 4 y 2 años. En el matrimonio, José
se puso muy abusivo tanto física como mentalmente. Constantemente
la amenazaba con delatarla al Servicio de Inmigración y de
quitarle a los niños si no hacía lo que le ordenaba.
Como resultado de la situación de indocumentada de María,
se le hizo difícil de encontrar trabajo y no califica para
beneficios. Tampoco creyó tener ninguna otra oportunidad
que quedarse en la relación.
Los hijos de mujeres maltratadas tienen la posibilidad
de pedirles la residencia permanente
Este es el caso de miles de mujeres y niños
que se encuentran indocumentados en Estados Unidos; pero ahora,
afortunadamente, existen oportunidades para ayudarles. Según
la Violence Against Women Act - Ley de Violencia Contra la
Mujer, entre las personas que pueden pedir la residencia para sí
mismas se incluyen:
- esposas maltratadas, niños ciudadanos o
residentes legales permanentes,
- esposas maltratadas de ciudadanos y de residentes
legales permanentes y sus hijos, aún cuando sus hijos no
sean parientes del ciudadano o residente legal permanente,
- esposas que no hayan sido maltratadas madres de
niños maltratados de ciudadanos o residentes legales permanentes.
Las esposas maltratadas también pueden mostrar
lo siguiente:
- tres años de buena conducta moral,
- el matrimonio se hizo de buena fe,
- durante el matrimonio tanto ella o sus niños
sufrieron maltratos u objeto de extrema crueldad, incluso actos
de violencia o amenazas de ella, que resultaron en lesiones mentales
o físicas,
- residencia actual en Estados Unidos y en la época
del maltrato (no hay mínimo),
- deportación que resultaría en dificultades
extremas.
Reforma del Bienestar
¿Qué puede hacer la esposa maltratada
en cuanto a dinero mientras espera el procesamiento de su solicitud?
La Personal Responsibility and Work Opportunity Act of 1996 -
Ley de Responsabilidad Personal y Oportunidad para el Trabajo de
1996 (ley de reforma del bienestar) también ofrece asistencia
financiera a los inmigrantes indocumentados. Una inmigrante indocumentada
maltratada puede calificar como "qualified alien-extranjero
calificado" siempre que tenga una solicitud pendiente para
la residencia o ciudadanía. Ella y sus niños pueden
recibir todas los otorgamientos de asistencia pública u otros
servicios. A pesar de ello, la mujer no calificará si está
aún viviendo con el abusador.
Deportación
Si una mujer que espera su deportación informa
del maltrato, el proceso de deportación para. Bajo el Illegal
Immigration Reform and Immigration Responsibility Act of 1996 -
Ley de Reforma de Inmigración y Responsabilidad en Inmigración
de 1996, a los abusadores que son inmigrantes y se les encuentra
culpables de violencia doméstica o acecho se les puede deportar.
Si usted ha sufrido violencia doméstica en
cualquier forma, se le puede ayudar. Las líneas de teléfono
de urgencia son gratuitas y están abiertas 24 horas al día,
siete días a la semana.
Las residentes del estado de Nueva York pueden comunicarse
al (800) 942-6906 (English), (800) 942-6908 (español) o (518)
482-4934 (TTY - disponible solamente de lunes a viernes, de
9:00 AM a 5:00PM). Los sordos o con dificultades auditivas pueden
llamar a los números gratuitos después de esas horas
por medio de intermediarios.
Puede llamar desde cualquier parte de Estados Unidos
a la línea nacional
(800) 799-SAFE (7233).
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