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La historia personal del Sr. González
A veces una discapacidad puede transformar no solamente
la vida personal, sino que también lo escogido por carrera
profesional y la nación donde se vive. Ese es el caso de
J. Anel González, el Especialista Bilingüe de Asistencia
Técnica en Great Lakes Americans with Disabilities Act (Estadounidenses
con Discapacidades en los Grandes Lagos-ADA) y Information Technology
(Centro de Tecnología de Información-IT) en Chicago,
Illinois. El Sr. González nació en Panamá,
en la provincia de Chiriquí, al que también se le
conoce como "el valle de la luna". El recuerda con cariño
que "Chiriquí tiene un panorama bello en selvas nubladas,
picos volcánicos y plantaciones de café, siendo también
el hogar de la mayoría de los indígenas Guaymi de
Panamá". La actividad favorita que tenía en
su juventud era nadar en el Pacífico o en el río Chiriquí.
Dijo que "Mi carrera de antaño era completamente
distinta a lo que hago hoy. Tengo un bachillerato en ingeniería
eléctrica y técnica y era una carrera que me encantaba
antes de lesionarme en mis dos años con los servicios especiales
en el ejército panameño entre 1987 y 1989".
En 1989, el Sr. González sufrió una lesión
a la espina dorsal que lo hizo venir a Estados Unidos en busca de
mejores servicios de rehabilitación y oportunidades profesionales.
En 1992 comenzó a participar en el movimiento de la discapacidad
de Chicago, Illinois. Dijo que "El énfasis estaba en
educarse y crear cambios políticos para tener mejores oportunidades
para las minorías con discapacidades. Aún seguimos
esforzándonos en esa área". A fin de cuentas,
su intercesión desembocó en su trabajo actual. "Me
gusta mi posición actual porque me permite continuar trabajando
por mi comunidad y ver algunos cambios que están beneficiando
las vidas de muchos latinos con discapacidades en el Oeste Medio",
dijo.
Continuó diciendo que "Mi trabajo es
diverso. Paso mucho tiempo en el teléfono dando asistencia
técnica al público general en cuanto a la aplicación
de los requisitos del ADA. A veces durante el año hago capacitaciones
de publico y hablo en público en relación con las
leyes de discapacidad en inglés y español".
El Sr. González también hace extensión en la
región del Oeste Medio hacia las organizaciones que dan servicios
a los latinos con discapacidades, da información sobre ADA
a los que llaman en español, mantiene una base de datos que
se usa para distribuir información y actividades de supervisión
y escribe artículos educativos sobre las discapacidades y
la comunidad latina para los medios de comunicación en español.
Dijo que "Mi más grande recompensa en
el trabajo es escuchar a los clientes cuando dicen que ahora entienden
mejor sus derechos y pueden parar el tipo de discriminación
a los que se enfrentaban en el pasado. Esto me es importante porque
también soy una persona con discapacidades y sé lo
importante que es educarnos en estos temas".
Al Sr. González le gustaría entregar
sus conocimientos de intercesión a la región latinoamericana.
Dice que en el futuro, "Me veo como un consultor internacional
en leyes de la discapacidad. Me gustaría dar más tiempo
al movimiento internacional de la discapacidad activo hoy, especialmente
en los países latinoamericanos que necesitan una montón
de apoyo en esta área".
La presentación del Sr. González
En la conferencia del Proyecto Visión, el
Sr. González hizo una presentación educativa sobre
los derechos legales que existen para los empleados y candidatos
a trabajos con discapacidades bajo el Title I de Americans with
Disabilities Act (ADA). El ADA es una unidad, indicó, protege
los derechos de la población con discapacidades en el trabajo,
los servicios públicos y las acomodaciones públicas
a pesar de no ser las mismas leyes de acción afirmativa que
dicen relación con la gente de color. El Title I de ADA,
que se refiere a problemas en el trabajo, debe ser respetado por
las empresas con 15 o más trabajadores, los gobiernos estatales
y locales con uno o más empleados, las agencias de empleo
y las organizaciones laborales.
¿A quién protege ADA?
ADA protege los derechos de las personas que tienen
impedimentos físicos o mentales que "impiden en gran
manera una o más actividades mayores de la vida diaria".
En los ejemplos de "actividades mayores de la vida diaria"
están cuidarse, hacer trabajos manuales (trabajar con las
manos), hablar, aprender, trasladarse (caminar), dormir o trabajar.
El ADA también protege los derechos de las personas que tienen
historial de impedimentos o que otros entienden que los existen
o que están asociados con personas con discapacidades. ADA
NO considera "impedimentos" la tensión nerviosa,
irritabilidad, tardanza crónica, mal juicio y reacciones
ante desconsuelos. ADA TAMPOCO protege a los empleados si al presente
están abusando de alcohol o drogas, pero el abuso pasado
e alcohol o drogas ilegales si está protegido bajo ADA.
Los empresarios no pueden discriminar contra "personal
calificado que tiene discapacidades". "Personal calificado
que tiene discapacidades" es alguien que tiene una discapacidad
y las destrezas, experiencia y educación necesaria para esa
posición que ya tiene o que ha solicitado. Además,
la persona debería poder cumplir con las "funciones
mínimas" de la posición tras habérsele
proporcionado "adaptaciones razonables".
Los empresarios no pueden discriminar contra personas
con discapacidades cuando los reclutan, solicitan candidatos o durante
el proceso de solicitud, entrevista y contratación. Los empresarios
no pueden discriminar contra las personas con discapacidades al
considerar promociones, transferencias, suspensiones temporeras,
terminaciones o al permitir al empleado el regreso de las suspensiones
temporeras. Los empleados con discapacidades deben gozar de acceso
igual a las oportunidades de capacitación donde se incluye
noviciados y conferencias y actividades auspiciadas por los empresarios
como programas sociales y recreativos.
¿Qué es una"función esencial"?
Una función se considera una "función
esencial" en las condiciones siguientes: el empresario "necesita
empleados en la posición para cumplir con esa función";
"el eliminar esa función alteraría fundamentalmente
la posición" (es decir, no sería la misma posición
si la tarea la eliminaran o exceptuaran); o "si la posición
existe para hacer una función específica". La
cantidad de experiencia (capacitación) y destrezas necesarias
para cumplir con la función también entran en la consideración
cuando se decide cuales son las funciones que son "esenciales".
¿Qué son "reasonable accommodations-adaptaciones
razonables"?
Una "adaptación razonable" es
una "modificación o ajuste a un trabajo, el ambiente
de trabajo o la forma en que las cosas se hacen generalmente".
Los empresarios deben ofrecer "adaptaciones razonables"
en situaciones cuando un empleado o candidato al trabajo necesita
estas adaptaciones para tener acceso igual a la solicitud de trabajo
o proceso de entrevistas o para llevar a cabo sus funciones laborales
o para gozar de los mismos beneficios y privilegios del trabajo.
Las "adaptaciones razonables" no tienen
que ser las mejores adaptaciones posibles, pero las adaptaciones
razonables tienen que ser eficientes. En otras palabras, deben ayudar
a eliminar las barreras relacionadas con la discapacidad que pueden,
de otra forma, prevenir que un empleado con discapacidades haga
su trabajo. Sin embargo, en ADA no se considera "adaptaciones
razonables" el eliminar funciones esenciales del trabajo,
bajar las normas de producción, dar objetos de uso personal
o crear una posición con tareas más simples. Los empresarios
no necesitan ofrecer adaptaciones razonables si eso causara "penurias
indebidas", por ejemplo; si no pueden darse el lujo de gastar
el dinero que cuesta hacer la adaptación.
¿Cómo pueden recibir adaptaciones razonables
los empleados?
Antes que un empleado pueda recibir adaptaciones
razonables en el proceso de contratación o en el trabajo,
el empleado debe pedir las adaptaciones que necesite como causa
de sus discapacidades. El empleado no tiene que usar las palabras
"adaptaciones razonables". Un familiar, profesional
de la salud u otra persona puede pedir las adaptaciones por el empleado
con discapacidades.
Un empresario puede pedir documentación que
pruebe la necesidad de adaptaciones si aquel tiene razones para
creer que el empleado está pidiendo acomodaciones que no
están relacionadas con su discapacidad. El empresario también
puede pedir documentación para comprobar que la persona tiene
discapacidades si ella o la necesidad de ella no son inmediatamente
obvias. A pesar de ello, el empresario no puede pedir documentación
si la discapacidad es obvia o si el empleado ya ha entregado información
suficiente para comprobar que su discapacidad está protegida
por ADA.
Los contratistas pueden dar acomodaciones razonables
sin un pedido formal si "saben que el empleado tiene una discapacidad
que puede interferir en la ejecución de su trabajo"
o si "sufre problemas en el trabajo a causa de la discapacidad".
El contratista no debe esperar que se le haga un pedido para hacer
adaptaciones razonables si sabe o se le ha dado razones para entender
que la discapacidad le impide al empleado hacer la petición
por sí mismo.
¿Qué más está protegido
por el Title I de ADA?
Los contratistas no pueden hacer preguntas sobre
el historial médico del candidato en el proceso de entrevistas.
Otros ejemplos de preguntas prohibidas legalmente son "¿Cuánto
alcohol consume?; ¿Qué remedios toma?; ¿HA
pedido o recibido compensación laboral (worker's compensation)?"
En cambio, los empresarios legalmente pueden hacer preguntas relacionadas
con el trabajo como "?Se puede mantener de pie por tres horas?;
¿Puede mover 50 libras de un punto A a un punto B? ¿Puede
llegar al trabajo todos los días a las 8 a.m.?; ¿Puede
hacer las tareas esenciales del trabajo con o sin adaptaciones razonables?"
Cuando los contratistas verifican las referencias no pueden pedir
referencias sobre las discapacidades del candidato, de sus enfermedades
ni de su historial de compensaciones.
Los contratistas pueden hacer pruebas de agilidad
a los candidatos a un trabajo si se les necesita para una posición
y si las pruebas se hacen a todos los candidatos sin discapacidades.
Se puede pedir exámenes médicos de los empleados si
ellos están teniendo problemas para cumplir con su trabajo,
si adquiere discapacidades, si desea regresar a trabajar tras una
lesión o enfermedad, si se necesita un examen antes de dar
una adaptación razonable o si otra ley que sea consistente
con ADA requiere examen médico.
Recursos para obtener más información
Se puede encontrar más información
sobre ADA en la red o por teléfono en:
Northeast DBTAC (Disability Business and
Technical Assistance Center)
- (800) 949-4232
- http://www.northeastada.org
- Este portal está en inglés y español.
Comisión de Oportunidades Iguales en
el Empleo
- (800) 669-4000 (Voz; Inglés o español)
- (800) 669-6820 (TTY; Inglés o español)
- http://www.eeoc.gov
- Este portal está disponible en inglés solamente.
A los hispanoparlantes se les pide llamar al teléfono anterior.
Job Accommodation Network (Red de Acomodación
para el Trabajo-JAN)
- (800) 526-7234 (Voz o TTY)
- http://janweb.icdi.wvu.edu
- El portal está disponible en inglés y español.
Office of Disability Employment Policy
- (202) 693-7880
- http://www.dol.gov/odep
- Parece que este portal está disponible en inglés
solamente.
U.S. Department of Justice
- (800) 514-0301
- http://www.usdoj.gov/crt
- El portal está disponible en inglés y español.
U.S. Access Board
- (800) 872-2253
- http://www.access-board.gov
- Parece que este portal está disponible en inglés
solamente.
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